
La Corte de Apelaciones de Santiago dirimió una disputa por la extracción irregular de aguas del río Laja por parte de la Asociación de Canalistas del Canal Zañartu.
El conflicto se originó hace más de siete años, cuando los regantes del río Laja denunciaron que una de las principales asociaciones de la zona, los canalistas del Canal Zañartu, estaba realizando extracciones ilegales de agua, superando el caudal asignado.
Tras diversas gestiones, la Corte de Apelaciones emitió dos sentencias que declaran ilegal cualquier extracción adicional por parte de los canalistas de Zañartu. Esto significa que dicha organización solo puede extraer, como máximo, 22,6 m³/s, sin poder exceder ese derecho.
La Asociación de Canalistas del Canal Zañartu es presidida por Patricio Sabag, y la disputa se remonta a 2023, cuando la Dirección General de Aguas (DGA), en una decisión sorpresiva, les adjudicó hasta 33 m³/s.
Esta decisión derivó en recursos judiciales interpuestos por otras asociaciones y por la empresa Colbún, que opera centrales de pasada en la zona.
Qué dijo la justicia
Los fallos de la Corte de Apelaciones confirmaron que la extracción de aguas no puede superar el umbral original (22,6 m³/s). Un segundo fallo acogió la reclamación de Colbún respecto al aumento de dicho caudal.
En todos estos procesos participaron como demandantes la Asociación de Canalistas del Laja (ACL), la Junta de Vigilancia del Río Diguillín, la Asociación de Empresarios Turísticos del Salto del Laja, Eólica Monteredondo y Colbún.
El presidente de la Asociación de Canalistas del Laja, Germán Hermosilla, señaló: “Estas sentencias de la Corte de Apelaciones de Santiago confirman lo que hemos sostenido desde el comienzo: la extracción irregular de aguas cometida por el Canal Zañartu, lo que también fue ratificado por la Comisión Investigadora de la Cámara de Diputados”, recordó el dirigente, aludiendo a la instancia parlamentaria que investigó los hechos.
Hermosilla añadió que también existe una investigación penal en curso para establecer las responsabilidades de los funcionarios de la DGA involucrados en estos hechos, la cual debiera activarse a raíz de estas resoluciones de la Corte.